El origen del Ombudsman

0
18257

El término Ombudsman se le atribuye al jurista sueco Hans Harta, quien fuera miembro de la Comisión Constitucional redactora de la Carta Magna de Suecia en 1809, y es precisamente en este ordenamiento en el que quedó establecido el Ombudsman como una institución jurídica del sistema sueco.

Se creó para fungir como escrutador del gobierno, para señalar cuando los representantes de la ley abandonaban el cumplimiento de sus responsabilidades o bien se excedían en el poder, mas nunca se pensó que su función primordial fuera velar por el respeto de los derechos del individuo o por la violación de los derechos fundamentales de la persona, como ahora lo hace.

En 1919 Finlandia incorporó el Ombudsman a su Constitución. Su competencia abarca la Administración central, la local, la iglesia luterana, los tribunales de justicia y las fuerzas armadas.

En Dinamarca, el Comité Parlamentario en 1946 lo institucionalizó y aparece en la Constitución de 1953 para vigilar la administración civil y militar del Estado.

Alemania en 1957 crea el Comisario Parlamentario para las Fuerzas Armadas con las siguientes facultades: iniciar investigaciones ante la existencia de violaciones de los derechos fundamentales de los soldados o de las normas disciplinarias.

En el caso de México, es posible considerar a Fray Bartolomé de Las Casas como un remoto antecedente de la institución que nos ocupa debido a su gran determinación para defender a las culturas naturales, pero sobre todo, a las personas de los pueblos originarios.

En México, en el siglo XVIII las promulgaciones sobre los derechos individuales dan pauta a la formación de la procuraduría de los pobres, por citar el caso de San Luis Potosi (1847) o la Procuraduría de Vecinos de la ciudad de Colima en 1984. Ni en todos los estados, ni en el mismo siglo surgiría la institución que defendiera los derechos individuales.

Hoy día, en México existe en cada uno de los 32 estados una CEDH (Comisión Estatal de los Derechos Humanos) y a nivel nacional se cuenta con la CNDH (Comisión Nacional de los Derechos Humanos).

A pesar de la existencia de estos órganos, no se alcanza a defender a toda la población; en estados tan grandes y de complejidad geográfica como Guerrero, donde se viven situaciones de pobreza injusticia y desigualdad, se vio la necesidad de una crear ONG’s como Tlachinollan Centro de Derechos Humanos de la Montaña, que funciona como observatorio y defensor de las víctimas en esta zona.

En las ciudades principales de los estados, la figura del defensor del pueblo cuenta con una oficina, un nombramiento oficial, un presupuesto del erario, y su deber es: Observar, recibir e investigar las denuncias o quejas, emitir recomendaciones, promover los derechos humanos; no cuenta con el peso para impartir justicia, sus comunicados sirven como registro de la situación de la violación a los derechos humanos y también denuncia de manera publica estos casos.

En Colima este defensor es elegido por el Congreso del Estado, y cuenta con un reglamento interno para su perfil y su elección. No obstante la historia de esta figura, y a pesar del espíritu de igualdad, y justicia ya redactados en múltiples declaraciones de los Derechos Humanos, en un país como México que experimenta una especie de guerra civil, sumado la corrupción, la falta de educación en materia de DH, el miedo a nuestras autoridades, hacen de cualquier declaratoria un adorno del sistema, un derecho intangible e inaccesible.

En esta ultima décadas las denuncias por violaciones a los DH en México, han ido en aumento fueron escuchadas, mas no han sido esclarecidas en su gran mayoría. Casos como Aguas Blancas, Tlataya o Ayotzinapan siguen impunes, al cobijo del sistema.