90% de feminicidios ocurren en núcleo familiar

0
2434

El homicidio de Mariana Lima en junio del 2010 marcó un parteaguas en la procuración de justicia en el Estado de México. Desde desde el 1 de mayo de 2015 todo asesinato doloso de mujeres y niñas es investigado con perspectiva de género.

Entre 2010 y 2016, sociedad civil, organismos no gubernamentales y el amparo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para reabrir el caso de la muerte Mariana, empujaron nuevas formas de hacer justicia en la entidad a mujeres asesinadas sólo por el hecho de ser mujeres.

Después de la sentencia de la Corte en el caso de Lima, la administración estatal encabezada por Eruviel Ávila publicó el 30 de abril de 2015 los Lineamientos generales para la investigación de la privación violenta de la vida de una mujer.

En ellos,  se establece que todo homicidio doloso de mujeres y niñas debe ser investigado con perspectiva de género. Además, señala que es responsabilidad de Ministerio Público, agentes ministeriales, peritos en criminalística y médicos legistas, aportar elementos que lleven a un juez a concluir la existencia del tipo penal de feminicidio.

“El feminicidio es cuando existe, efectivamente, la muerte violenta de una mujer a manos de un tercero y que dentro del contexto de su asesinato haya habido una situación de rol sexual; es decir, que la víctima haya perdido violentamente la vida a manos de un tercero por el hecho de ser mujer”, explica Dilcya Samantha García Espinoza, subprocuradora para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM).

Espinoza reconoce que no es fácil que homicidio doloso de una mujer llegue a una sentencia de feminicidio, pues hay ocasiones en que ellos logran acreditar la existencia de feminicidio, pero el juez determina lo contrario.

La subprocuradora detalla que, según los protocolos y lineamientos en la materia, el tipo penal de feminicidio se determina cuando: haya habido violencia sexual antes o después de la muerte; el cuerpo se encuentre expuesto en la vía pública, a pesar de que no haya habido ningún tipo de parentesco o de relación entre la víctima y el victimario.

Otros elementos son que exista algún tipo de mutilación infamante en el cuerpo de la víctima, desmembramiento o mutilación en los órganos sexuales  o que exista una relación de pareja pasada o presente en el momento del hecho delictivo.

En servicios periciales, a la víctima se le realizan exámenes ginecológico y proctológico en busca de saliva del agresor en alguna parte del cuerpo o más indicios de agresión.

“No tienen que darse evidentemente todos los supuestos para que pueda haber feminicidio; con uno que dé cumplimiento al contexto, con eso es suficiente para que solicitemos al Poder Judicial una imputación por este delito”, aclara Espinoza.

Entre 2011 y 2016 la PGJEM inició 291 carpetas de investigación por posible feminicidio. De éstas 126 aún están sujetas a investigación, mientras que 158 están judicializadas, esto quiere decir que se contó con elementos necesarios para solicitar órdenes de aprehensión o autos de vinculación al proceso.

De las 158 carpetas judicializas, 74 tuvieron sentencias condenatorias como feminicidios.

La subprocuradora informa que en el Estado de México 50 por ciento de las víctimas tenían en entre 20 y 25 años de edad. El 90 por ciento de los crímenes se cometieron dentro de los espacios privados -el hogar, principalmente- y fueron realizados por una pareja, ex pareja o por alguien del núcleo familiar cercano.

El castigo para quienes comenten feminicidio en la entidad va de 40 a 70 años de cárcel y prisión vitalicia.

Las  cifras de la fiscalía de la PGJEM  contrastan con las del Observatorio Ciudadano Nacional  del Feminicidio (OCNF), sobre todo en referencia al  lugar donde fue hallado el cadáver.

Para el organismo no gubernamental, de 2005 a 2010 60 por ciento de las mujeres asesinadas en la entidad fueron encontradas en un lugar público; mientras que en 2012 el hallazgo de víctimas en espacios comunitarios ascendió a 67 por ciento y 32 por ciento fue en casa habitación.

(Con información de La Jornada)